Regulado por Ley N° 30512 (Programa de Formación Inicial Docente)
La matrícula es el proceso formal y voluntario mediante el cual el estudiante se registra en el Sistema de Información Académica (SIA), esto acredita la condición de estudiante, estableciéndose sus deberes y derechos que le corresponden. Es responsabilidad del estudiante. El estudiante que no se matricule en las fechas establecidas y no solicite licencia y/o reserva, pierde su condición de estudiante. De ser el caso de haber perdido su condición de estudiante, para retomar sus estudios debe postular y alcanzar vacante, pudiendo solicitar convalidación de los estudios realizados.
Para el caso de los ingresantes al Primer (I) ciclo académico, su matrícula se inicia después de haberse publicado la lista de ingresantes del examen de admisión. La vacante del ingresante que no se matricule dentro de los 20 días hábiles siguientes desde iniciado el proceso de matrícula y no realice reserva de esta, queda liberada para ser cubierta por otro postulante que haya obtenido nota aprobatoria, en estricto orden de mérito y que no haya alcanzado vacante.
Para los estudiantes del segundo (II) al séptimo (VII) ciclo académico, es requisito de matrícula haber aprobado como mínimo el setenta y cinco (75 %) de los créditos del ciclo inmediato anterior.
Para los estudiantes del octavo (VIII) al décimo (X) ciclo académico, es requisito de matrícula haber aprobado el cien por ciento (100%) de créditos del ciclo inmediato anterior.
CRONOGRAMA DE MATRÍCULA 2022 -I
DEL 21 DE MARZO AL 22 DE ABRIL
COSTO: S/. 150.00 SOLES
DEL 25 DE ABRIL AL 13 DE MAYO
COSTO: S/. 225.00 SOLES
PAGOS:
Regulado por Ley N° 30512 (Programa de Formación Inicial Docente).
Si el periodo de licencia finaliza sin que el estudiante se haya reincorporado o solicitado una ampliación, siempre que esta no exceda de los cuatro (4) ciclos académicos el estudiante es retirado del instituto.
Regulado por Ley N° 30512 (Programa de Formación Inicial Docente).
Es el proceso mediante el cual el estudiante solicita el cambio a otro Programa de Estudio en el mismo Instituto (Traslado Interno) o en otra Institución Educativa (Traslado Externo)
Para solicitar el Traslado, el estudiante debe haber concluido y aprobado por lo menos el primer ciclo académico en su instituto, y debe existir vacante disponible en el Programa de Estudio de destino. La solicitud de traslado debe realizarse antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente.
La reincorporación es el proceso mediante el cual el ingresante o estudiante retorna a la Institución, luego de haber utilizado un plazo de reserva de matrícula o licencia de estudios.
Requisitos;
El ingresante o estudiante puede solicitar su reincorporación antes del termino del plazo de la reserva de matrícula o licencia, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento Interno.
Si el periodo de reserva de matrícula o licencia finaliza sin que el estudiante se haya reincorporado o solicitado una ampliación, que no debe exceder del plazo previsto, el estudiante debe volver a postular a través del proceso de admisión, y luego de ingresar, la institución puede aplicar el proceso de convalidación de estudios para ubicarlo en el ciclo correspondiente. De existir alguna variación en los planes de estudios, una vez que el estudiante se reincorpore se le aplican los procesos de convalidación que correspondan.
La reincorporación se solicita antes de iniciado el plazo para el proceso de matricula y esta sujeta a la existencia de vacante.
La reincorporación se concreta formalmente mediante la resolución directoral de aprobación, la cual debe ser emitida y registrada previo a la finalización del proceso de matrícula.
La Convalidación es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones obtenidas en un programa Educativo para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su pedo crediticio. La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permite la incorporación o continuación en el proceso formativo.
Requisitos;
La convalidación, podrá otorgarse cuando el curso a convalidar tenga una similitud en contenido, por lo menos el 70% al curso de destino.
Es aplicable a los procesos de traslado y reincorporación y otros procesos previsto en el Reglamento Interno, y procede siempre que el tiempo de interrupción de los estudios no exceda de los 5 (cinco) años.
En el caso de reingreso al instituto a través de proceso de admisión, el ingresante puede solicitar la convalidación de estudios precio a la finalización del proceso de matricula y siempre que cumpla con lo establecido en el párrafo precedente.
No procede la convalidación de lo siguiente:
Para que proceda la convalidación, el curso a convalidar debe tener igual o mayor número de créditos que el curso de destino. Solo se admite la convalidación de un (01) curso por otro.
El Certificado de Estudio de los programas formativos, es el documento emitido por la institución a solicitud del interesado, contiene los resultados del proceso de evolución realizado durante el periodo formativo.
Requisitos;
El Instituto emite el certificado de Estudio con base en la información contenida en las actas de evaluación respectiva. Se tramite y se recaba en la institución en el área de Secretaria Académica.
El Título Profesional, es el reconocimiento que obtiene el bachiller luego de haber aprobado una Tesis.
Requisitos para Sustentar la Tesis;
Toda esta documentación presentar en un fólder de Manila t/o sin perforar, en orden y engrapado.
REQUISITOS PARA TITULACIÓN